En la reunión ordinaria del Consejo Directivo del día sábado 15 de junio de 2013, parte del Consejo votó a favor de participar de las reuniones convocadas por la Dirección General de Formación Docente. Debido a esta situación, la Junta Departamental de Geografía comunica:
1. La decisión que tomó el Consejo Directivo de participar de las reuniones técnicas convocadas por la Dirección General de Formación Docente va en contra de la Resolución 08/2012 del Consejo Directivo del día 10 de septiembre de 2012, que fue aprobada por unanimidad y dice:
"Dejar de participar en las reuniones convocadas por la Dirección General de Formación Docente vinculadas con la temática de homologación hasta nueva decisión que surja en el marco de una jornada institucional validada por el Consejo Directivo".
Además, atenta contra el Artículo 1 de nuestro Reglamento Orgánico Institucional:
Artículo 1. El Instituto Superior del Profesorado "Dr. Joaquín V. González" es autónomo: fija su política educativa; establece sus programas de estudio; determina el ingreso de los estudiantes y del personal docente y administrativo; diseña, aprueba e implementa carreras de grado, cursos curriculares y extracurriculares, postgrado, maestrías y cursos de especialización; gestiona y celebra convenios con otras instituciones; promueve la especialización de sus egresados y docentes; establece los mecanismos de evaluación interna del nivel académico; expide títulos de grado y postgrado, así como certificado de estudio con validez en todo el ámbito de la Nación Argentina; administra los recursos asignados por el erario público de acuerdo con las necesidades institucionales; elabora su presupuesto sobre la base de partidas presupuestarias asignadas, pudiendo recibir legados, donaciones, contribuciones voluntarias y subsidios; destina partidas para la investigación científico-pedagógica por sí o conjuntamente con otras instituciones.2. La Junta Departamental de Geografía se encuentra sumamente preocupada porque el Rectorado no ejecuta algunas de las resoluciones del Consejo Directivo, por ejemplo, el caso del Profesorado en Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales y el caso del profesor Mariano Rodríguez Otero. El Rectorado no está cumpliendo con el Artículo 16, incisos B, D, I, L y P del Reglamento Orgánico Institucional. Esto debilita la institucionalidad del Joaquín y pone en riesgo el buen funcionamiento del Consejo Directivo.
Artículo 16. Deberes y atribuciones del Rectorado:3. Rechazamos el Reglamento Orgánico Marco (ROM) que nos quiere imponer el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y defendemos el ROI se realiza mediante hechos y no sólo palabras.
B. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Orgánico.
D. ejecutar las resoluciones del Consejo Directivo.
I. Comunicar a la comunidad educativa las resoluciones del Consejo Directivo.
L. Informar al Consejo Directivo acerca de las novedades que se produzcan en la marcha de la Institución.
P. Rendir cuenta de su administración al Consejo Directivo.
Atentamente,
Junta Departamental de Geografía
Excelente determinación ni un paso atrás
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